
El Laberinto Literario
Al amigo Luis Marín, Abogado experto en ciencias políticas, antiguo Profesor de Derecho Constitucional de la Universidad Central de Venezuela y escritor insigne.
A diferencia del Comité del Premio Nóbel, la historia juzga toda acción humana por sus resultados. Durante mis años formativos siempre alimentaba el deseo de alcanzar las calificaciones más altas posibles en todas las pruebas o exámenes, desde la primera enseñanza hasta la Universidad. En eso, por supuesto, no me diferenciaba un ápice del resto de los estudiantes. Sin embargo, los deseos se cumplen sólo cuando van respaldados por una sólida voluntad y una inalterable disciplina.
Infortunadamente y como reflejo de mi característica holgazanería, las caóticas preferencias intelectuales de mi temprana juventud y los altibajos juveniles de la voluntad, mis calificaciones académicas fluctuaron desde los extremos de excelencia o de fracaso, hasta el mediocre aprobado. El resultado final de esos estudios, contemplado desde el observatorio de mis 75 años, me luce un verdadero “mix bag” (mescolanza). A pesar de que académicamente me quedé por el camino (parcialmente a causa de problemas políticos) y en consecuencia nunca me gradué como profesional, los conocimientos adquiridos me permitieron subsistir como si lo fuera y hasta modestamente prosperar, superando obstáculos, dificultades y tragedias.
Al finalizar la fase más productiva de la vida, aspiré a redoblar en el exilio mi largo trabajo en aras de la libertad de Cuba y en favor de modelos político-económicos que he aprendido ayudan mucho a la convivencia social. Ergo, esta columna.
Al entrar en este laberinto literario también aprendí que lo que se desea hacer no es siempre lo que se le logra. En todas las labores humanas, los resultados raramente reflejan por completo las aspiraciones y los esfuerzos. Escribir no es excepción de esa regla.
Escribir para el público es tarea que demanda no sólo conocimiento de los temas que se cubren, sino atención para exponerlos de forma precisa. También requiere contribución ajena y nó aludo solamente a la ayuda inmediata e imprescindible de colaboradores como mi esposa, quien pacientemente revisa mis pruebas siempre que puede, sino sobre todo al “feed back” de amables colegas y lectores, quienes me ayudan enormemente.
Durante estos quizás catorce o quince años desde que esta columna apareció formalmente primero en el semanario californiano “20 de Mayo” y más tarde en otros muchos medios de comunicación, incluyendo la Red electrónica de tres continentes, muchos amigos y lectores han contribuído a su calidad con ideas, aclaraciones y correcciones. Una de tales correcciones la hicieron varios lectores la semana anterior cuando me recordaron que hice una referencia inexacta de las enmiendas de la constitución de Estados Unidos mencionando como general una circunstancia que sólo se aplica a las primeras diez.
Esas diez primeras enmiendas constitucionales, popularmente conocidas como el “Bill of Rights”, fueron exigidas por sus principales signatarios como condición de sus firmas. Hasta ese momento todo cuanto prescribía el proyecto constitucional norteamericano eran las atribuciones del gobierno y de sus diferentes ramas, sin tan siquiera definir el verdadero origen del poder político. El “Bill of Rights” ha permanecido intacto (al menos teóricamente) durante un cuarto de milenio.
Varios educados lectores sabían que en 1919 se agregó a la constitución la Enmienda XVIII, hasta ese momento conocida como Ley Volstead y más popularmente como “Prohibition” o, en su también popular nombre castellano, “Ley Seca”. En 1933 esa Enmienda fue derogada mediante otra, la Enmienda XXI. Por lo menos tres de esos lectores se comunicaron conmigo; dos de ellos a través de mi amigo y hermano Miguel Uría, quienes se llaman José Santiago y Marcelino Martínez de la Cotera. El tercero, quien se comunicara conmigo casi inmediatamente después de leer el error y desde Caracas, es nada menos que un experto en derecho constitucional, mi amigo el Profesor Luis Marín.
Marín, quien ha tenido recientemente la gentileza de mencionar esta columna en la suya del Diario de América en la Red, utilizaba precisamente ese ejemplo de modificación de una enmienda constitucional con mucha frecuencia en sus clases en la Escuela de Leyes de la Universidad Central de Venezuela. No tengo excusa y vale la corrección de un error. Abocados a una inminente crisis constitucional, es más importante que nunca apreciar la historia y el significado de nuestras instituciones. ¿Por cuánto tiempo más disfrutará Estados Unidos de las salvaguardas y protecciones que nos brinda la Constitución?
Esta pregunta cobra importancia sin precedentes ante
la reciente e increíble
admonición de la Casa Blanca al Senado federal, de que si no aprueba
parlamentariamente las regulaciones “ambientales” prescritas
en el proyecto de “Cap & Tax”, la “Administración
federal de protección del medio ambiente” lo hará sin
su aval, mediante medidas de “comando y control”. Semejante prepotencia
se esperaría de Miraflores, o del cubil de los Castro. No de la Casa
Blanca. No es lenguaje aceptable en la tierra de los libres y el hogar de
los bravos.
© Hugo J. Byrne
La Columna de Hugo J. Byrne
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